- Perfil de doctorando
- Requisitos de admisión
- Matrícula
- Criterios de admisión
- Procedimiento de admisión
- Enlaces de interés a las universidades participantes
- Curso 2018/2019: Lista de admitidos y excluidos
- Curso 2019/2020: Lista de admitidos y excluidos
I. Requisitos de admisión generales:
- Podrán acceder al Programa quienes estén en posesión del título oficial español de grado o licenciado en Derecho y título oficial de Master universitario.
- Podrán acceder quienes estén en posesión de un título universitario oficial español o de otro país miembro del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a un Máster, en conformidad con el artículo 16 del RD 1393/2007, y aprobar un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los cuales al menos 60 tendrán que ser propios del nivel de Máster.
- Podrán acceder quienes estén en posesión de un título oficial español de graduado/a cuya duración, de acuerdo a las normas del Derecho comunitario, sea de por lo menos 300 créditos ECTS. Estos graduados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos de formación requeridos por el programa, a menos que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.
- Podrán acceder al Programa quienes estén en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la Universidad coordinadora de que éste acredita un nivel de formación equivalente al título oficial español de Máster y que lo faculta en el país expedidor del título para el acceso a los estudios de doctorado. Esta admisión no implica, en ningún caso, la homologación previa del título del que esté en posesión el interesado ni el reconocimiento a otros efectos que el de acceso a las enseñanzas de doctorado. Obtendrán el reconocimiento de la equivalencia del título quienes hayan cursado las maestrías que figuran en la Adenda del Convenio marco, al que se hace referencia en el punto siguiente.
- Podrán acceder al Programa quienes estén en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.
II. Procedimiento de acceso al Programa por parte de estudiantes latinoamericanos que hayan cursado un título equivalente al título oficial español de master:
- El convenio marco suscrito entre las Universidades participante en el Programa recoge en una adenda la relación de títulos que, en sus respectivos países, acreditan un nivel de formación equivalente al título oficial español de Máster y que faculta para el acceso a los estudios de doctorado, sin ulterior trámite. Dichos títulos son los siguientes:
Universidad de Guajanato:
“Maestría en Ciencias Jurídico Penales”
“Maestría en Justicia Constitucional”Universidad de Montevideo:
“Master en Derecho de la Empresa”
“Master en Derecho Administrativo Económico” “Master en Derecho y técnica tributaria”
“Master en Derecho LLMM” (condicionado a cursar 9 créditos de master como complemento de formación)
“Master en integración y comercio internacional” (condicionado a cursar 9 créditos de master como complemento de formación)Universidad Escuela Libre de Derecho:
“Doctorado Académico en Derecho”Universidad Nacional del Nordeste:
“Maestría en Derecho de Familia, Niñez y Adolescencia” “Maestría en Ciencias Penales”
“Doctorado en Derecho”Universidad de Santo Tomás de Tunya:
“Maestría en Derecho Penal y Procesal Penal” “Maestría en Derecho Administrativo”Universidad Veracruzana:
“Maestría en Derecho” - Los estudiantes que estén en posesión de títulos no incluidos en la relación anterior, deberán solicitar la equivalencia del título, de acuerdo con el siguiente procedimiento:
- Los estudiantes que deseen matricularse en DAI, deberán solicitar, simultáneamente con la solicitud de admisión, la equivalencia del título que le da acceso al programa.
- La CAPD analizará las solicitudes de equivalencia presentadas, verificando si se dan estos requisitos:
a) Que el título aportado por el solicitante dé acceso en su respectivo país a los estudios de doctorado.
b) Que el solicitante acredite un nivel de formación equivalente al del título oficial español de máster universitario. Para ello, será necesario haber cursado un mínimo de 60 créditos de maestría (600 horas), además de la correspondiente licenciatura o grado.La documentación que deberá presentar el solicitante consistirá en:
- Copia del título con base al cual desea acceder al DAI y certificación/declaración de la autoridad académica competente de que el mismo da acceso a los estudios de doctorado en su país.
- Certificado académico de los estudios de maestría realizados en el que figuren las materias y los períodos académicos cursados, el número de horas y las calificaciones obtenidas.
Esta documentación podrá ser entregada en copia simple en tanto no sea resuelta la admisión de las solicitudes en el DAI. De resultar admitido al programa, el solicitante deberá aportar la documentación debidamente legalizada (originales y fotocopias para el su cotejo o fotocopias autentificadas por los servicios consulares o embajadas españolas). En el caso de no ser el idioma de origen el castellano, se deberá acompañar también una traducción legalizada de la documentación anteriormente citada.
La CAPD emitirá un informe sobre la equivalencia del título (favorable/desfavorable). En caso de ser favorable, y de resultar el solicitante admitido, será elevado a la autoridad competente para declarar la equivalencia del título.Previsiones singulares:
Podrán acceder a los estudios de doctorado:
a) Los estudiantes de doctorado que hubieren iniciado su programa de doctorado conforme a anteriores ordenaciones universitarias; en todo caso, deberán cumplir los requisitos establecidos con carácter general en la regulación de la Universidad para el acceso a estudios de doctorado.
b) Los licenciados, arquitectos e ingenieros que se encuentren en posesión del Diploma de Estudios Avanzados obtenido de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, o hayan obtenido la suficiencia investigadora regulada en el Real Decreto 185/1985, de 23 de enero.
c) Los licenciados, arquitectos e ingenieros que estén en posesión de un título oficial de Máster conforme al Real Decreto 56/2005 o del Real Decreto 1393/2007, modificado por el Real Decreto 861/2010 o que hayan completado 60 créditos ECTS de estudios de Máster oficial.
d) Los diplomados, ingenieros técnicos y arquitectos técnicos que acrediten haber superado 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los cuales al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster
Son condiciones generales aplicables a todos los estudiantes del Programa las siguientes:
- Los doctorandos admitidos en el Programa de Doctorado deberán matricularse de las actividades formativas determinadas por la CAPD. Además, deberán matricularse por el concepto de “tutela académica”, que otorga al doctorando el derecho a la tutoría académica, a la utilización de los recursos necesarios para el desarrollo de su trabajo y la plenitud de los derechos previstos por la normativa para los estudiantes de doctorado. En caso de que un doctorando no realice la matrícula anual en un curso académico, causará baja definitiva en el programa, salvo en los casos previstos por baja temporal en el programa.
- Las Universidades participantes en el Programa establecerán los períodos de matrícula y plazos de pago que contemplen sus disposiciones específicas. En la UDC se establecerán dos períodos de matrícula ordinarios para doctorandos de nuevo ingreso: uno al comienzo del primer cuatrimestre y otro al comienzo del segundo cuatrimestre del mismo curso académico. La CAPD podrá solicitar a la universidad cada curso académico que no se habilite el segundo período de matrícula para alumnos de nuevo ingreso.
- El doctorando podrá matricularse a tiempo completo o a tiempo parcial. Para esta última modalidad, será requisito indispensable la condición de doctorando a tiempo parcial otorgada, en su caso, por la CAPD. Esta condición deberá solicitarse cada curso académico a la CAPD, aportando los documentos justificativos. Para la condición de doctorando a tiempo parcial, se tendrá en cuenta motivos de carácter laboral, familiar o personal. El cambio de modalidad de matrícula podrá solicitarse en los períodos de matrícula ordinarios, condicionada al informe favorable de la CAPD. A propuesta de la CAPD, la Universidad podrá establecer del total de estudiantes matriculados en el programa un porcentaje máximo de doctorandos matriculados a tiempo parcial.
La CAPD deberá ordenar las solicitudes en atención a las puntuaciones obtenidas por los candidatos en aplicación del siguiente baremo:
- Expediente académico del estudiante (grado y posgrado): máximo 4 puntos
- Experiencia investigadora (publicaciones, ponencias presentadas a congresos o jornadas, proyectos de investigación, etc.) vinculada a las líneas de investigación del DAI: máximo 2 puntos
- Experiencia profesional vinculada a las líneas de investigación del DAI: máximo 1 punto
- Conocimiento de idiomas (deberá acreditarse mediante la presentación de títulos oficiales de idiomas o realización de pruebas de nivel de reconocida suficiencia): máximo 1 punto
- Otros méritos: máximo 1 punto
- Entrevista on line (en caso de resultar necesario) por el número de candidatos preseleccionados o para dirimir empates): máximo 1 punto.
La CAPD podrá asignar hasta un máximo de 2 puntos a estudiantes con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad que presenten su solicitud de admisión al Programa.
Finalizado este plazo, la Comisión Académica del Programa de Doctorado (CAPD) realizará la propuesta de alumnos admitidos, con su correspondiente lista de espera, de acuerdo con los criterios de selección establecidos en el programa. Dicha propuesta se considerará como relación provisional de admitidos y deberá hacerse pública.
Los aspirantes no admitidos podrán presentar una reclamación en el plazo y forma establecidos en la correspondiente convocatoria de matrícula. Transcurrido el plazo de reclamaciones y resueltas éstas, se remitirá la relación de alumnos admitidos al órgano de gestión de alumnos correspondiente, a los efectos de poder formalizar su matrícula en el plazo que se señale. De no formalizar su matrícula, el solicitante decaerá en sus derechos.
La Universidad de A Coruña, en calidad de universidad coordinadora, pondrá a disposición de todos los interesados una información detallada sobre el doctorado en:
https://www.udc.es/ensino/doutoramento/
La Universidad de Montevideo cuenta con un sistema de “Asesoramiento académico personal” ya implantado hace tiempo, y que constituye una de sus señas de identidad:
https://www.um.edu.uy/universidad/noticias/386_Asesoramiento-academico-con-el-sello-UM/#imagenes
La Universidad Veracruzana lleva a cabo un importante esfuerzo de difusión de sus actividades, a través del espacio web “Conoce tu universidad”:
https://www.uv.mx/conoce-tu-universidad/
La Universidad de Monteávila dispone de un avanzado sistema de información on line del estudiante:
https://uma.terna.net/
La Universidad de Guanajuato dispone de una completa página de información para estudiantes que ingresan en la Facultad de Derecho:
https://www.derecho.unc.edu.ar/aspirantes-a-ingresos
La Universidad Nacional del Nordeste dispone de un Departamento de Orientación Vocacional:
https://www.unne.edu.ar/estudiantes/o_vocacional.html
La Universidad de Piura dispone de un espacio web de Guía del Estudiante:
https://udep.edu.pe/guia_del_alumno.html
La Escuela Libre de Derecho de Costa Rica dispone un espacio web de peguntas frecuentes del doctorado:
https://www.uescuelalibre.ac.cr/index.php/preguntas-frecuentes/doctorado-en-derecho
“27 de septiembre de 2018″,”Publicada la relación provisional de alumnos admitidos y excluidos.”,”Puede consultarse aquí.”
“5 de octubre de 2018″, “Corrección de errores en la lista definitiva de admitidos y excluidos.”,”Puede consultarse aquí.”
[/table]“23 de septiembre de 2019″,”Publicada la relación provisional de alumnos admitidos y excluidos.”,”Puede consultarse aquí.”
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