Duración y dedicación

Duración máxima y mínima de los estudios de doctorado a tiempo completo y a tiempo parcial:

La duración de los estudios de doctorado a tiempo completo y a tiempo parcial será, respectivamente, de un máximo de tres y cinco años. En todo caso, esta duración se contará desde la matrícula del doctorando por el concepto de tutela académica del doctorado hasta la presentación de la solicitud de depósito de la tesis de doctorado.
La duración mínima de los estudios de doctorado será, a tiempo completo y a tiempo parcial, de 18 meses, a contar desde la admisión del doctorando hasta la presentación de la solicitud del depósito de la tesis de doctorado.
Cuando en un mismo programa de doctorado, el doctorando utilizase ambas modalidades de matrícula, se computará a todos los efectos la duración de los estudios de doctorado en términos de estudios a tiempo completo, considerando que un año de matrícula a tiempo parcial equivale a 0,6 años de matrícula a tiempo completo.

Prórrogas para la realización de los estudios de doctorado a tiempo completo y a tiempo parcial:

Si la solicitud de depósito de la tesis de doctorado no se presenta transcurrido el plazo establecido, la CAPD podrá autorizar la prórroga del plazo, previa solicitud del doctorando.
La prórroga será de un año en los estudios de doctorado a tiempo completo y de dos años en los estudios de doctorado a tiempo parcial. De forma excepcional, se podrá ampliar este plazo en ambos casos en otro año adicional. La autorización de las citadas prórrogas se hará de forma motivada y de acuerdo con la normativa de la universidad.

Baja temporal en un programa de doctorado:

El doctorando podrá solicitar a la CAPD la baja temporal en el programa por enfermedad, embarazo o por cualquier otra causa prevista por la normativa vigente por un período máximo de un año, ampliable hasta un año más. La CAPD se pronunciará sobre si procede acceder a lo solicitado por el doctorando, de acuerdo con la normativa de la universidad.
Las actividades desarrolladas por el doctorando durante la baja temporal no podrán incluirse en el documento de actividades y los períodos de baja temporal en el programa no computarán en el plazo máximo de desarrollo de la tesis.

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