Número de horas: Mínimo 30 horas
Responsable: Alberto Arufe
Justificación:
La realización de estancias de investigación sigue siendo, en buena parte de los casos, un elemento central para el desarrollo de una tesis doctoral y para la formación del estudiante. Por ello, es fundamental que el alumno disponga de los conocimientos lingüísticos suficientes para aprovechar de modo adecuado dichas estancias.
Contenido:
El alumno realizará el primer año (30 horas) un curso de formación en lenguas extranjeras propuesto anualmente por el Tutor o Director, de acuerdo con las necesidades de su Plan de Investigación y con las carencias formativas del alumno. No será preciso cuando el alumno pueda acreditar un nivel de conocimiento suficiente para el manejo de texto jurídicos en las lenguas extranjeros más relevantes para el objeto de investigación, mediante la presentación de un certificado de idiomas reconocido internacionalmente –habrá que determinar el tipo de certificado para validar los conocimientos de idiomas-.
Si se mantienen las necesidades de formación, el alumno deberá realizar un curso anual, salvo en el último año previsto de sus estudios de doctorado.
Planificación temporal:
Los cursos se impartirán anualmente, de acuerdo con la propia planificación de los centros de idiomas de las instituciones intervienientes en el programa.
Resultados de aprendizaje:
Al finalizar la formación en idiomas, el estudiante podrá leer, escribir y conversar con suficiencia en el idioma o idiomas que hayan sido considerados esenciales para el desarrollo del Proyecto de Tesis.
Modalidad:
Presencial.
Lengua de impartición:
Dependerá del curso o actividad formativa elegida.
Procedimiento de control:
El seguimiento y evaluación de cada curso será realizado por el centro responsable de su impartición.
El Tutor o Director evaluará igualmente las mejoras de las capacidades lingüísticas del estudiante, y realizará las recomendaciones pertinentes para compensar las eventuales carencias. Dará su visto bueno en el informe anual del alumno al cumplimiento de los objetivos anuales marcados en materia de idiomas.
El alumnos deberá acreditar anualmente, en su caso, la realización de los cursos de idiomas planificados, mediante los certificados expedidos por el centro correspondiente.
Los resultados de aprendizaje serán evaluados anualmente por la Comisión Académica.